domingo, 29 de abril de 2012

19.Leyes, Contratos y Patentes. Derechos Digitales


Definicion:
  • ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohibe algo en consonancia con la justicia
  • patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario, por un período limitado de tiempo a cambio de la divulgación de una invención.
  • El contrato, es un acuerdo legal que no se puede romper. También se puede definir como un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.
  • Gestión digital de derechos (a veces escrito también gestión de derechos digitales) o DRM (sigla en inglés de digital rights management) es un término genérico que se refiere a las tecnologías de control de acceso usadas por editoriales y propietarios de derechos de autor para limitar el uso de medios o dispositivos digitales. También se puede referir a las restricciones asociadas a instancias específicas de obras digitales o dispositivos. Los DRM se solapan, hasta cierto punto, con la protección de copia de software, aunque el término DRM es generalmente aplicado a medios creativos (música, películas, etc.) mientras que el término "protección de copia" tiende a referirse a los mecanismos de protección de copia en software computacional.

Característica:
ley,
  • Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
  • Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
  • Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
  • Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
  • Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.
  • Rige hacia el futuro: Regula los hechos que ocurren a partir de su publicación irretroactiva

Objetivo:
conocer nuestros derechos y obtener conocimientos sobre los conceptos anteriores.

Lineamientos a presentar
  • Clasificaciones de la ley
  • Conceptos legales de contrato
  • Requisitos del contrato
  • Beneficios de una patente
  • Perjuicios del sistema de patentes

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